Interposición de un recurso contra la administración publica

¿Qué es un recurso contencioso-administrativo?

Se denomina recurso contencioso-administrativo al procedimiento judicial empleado para denunciar disposiciones generales o actos expresos o presuntos de la Administración Pública, ya sea central, autonómica o local.

Todo lo relativo a la interposición de un recurso contra la administración pública se regula en los artículos 45 y siguientes de la Ley De La Jurisdicción Contencioso Administrativa.

¿Qué tipo de actos se pueden recurrir?

Se pueden recurrir todas aquellas decisiones de la administración pública que pongan fin a la vía administrativa. O si existe la imposibilidad de continuar el procedimiento de recurso aun estando en tramite.

Por otra parte también se pueden recurrir todos aquellos actos en los que se refleje la inactividad de la Administración y el silencio administrativo de la misma.

¿Durante cuánto tiempo se puede recurrir?

El plazo general y estándar para la interposición del recurso será de un máximo de 2 meses, que se computarán de fecha a fecha en la que se agote la vía administrativa.

En aquellos casos en los que se produzca silencio administrativo, la LJCA establece un plazo máximo para interponer el recurso de 6 meses desde la fecha en la que se produce el silencio.

Nota: Actualmente hay casos en los que la jurisprudencia ha determinado que en caso de silencio administrativo el plazo para la interposición del recurso será indefinido.

¿Cuales son los pasos para interponer un recurso?

En primer lugar deberemos escribir y presentar un escrito en el que se exprese la voluntad de nuestra solicitud y en la que se aporten todos aquellos datos y alegaciones correspondientes del caso que denuncia.

En este escrito deberemos detallar y argumentar si el motivo de nuestro recurso es contra:

  • La actuación de la administración
  • Una resolución de la misma.
  • La inactividad de la Administración Pública

En este escrito deberemos refleja todos los argumentos y pruebas que demuestren el perjuicio o daño que el acto realiza al demandante.

Por otra parte se deberá adjuntar junto al escrito un anexo o dosier con todas las pruebas, hechos, y documentos a los que se referencia en el escrito. También debe incluir en caso de que los haya, todos aquellos recursos y contestaciones realizadas administrativamente antes del fin de la vía ordinaria.

¿Dónde se debe presentar el recurso?

Toda la documentación recopilada deberá presentarse en el tribunal especializado de lo contencioso administrativo de la localidad donde reside el individuo demandante. Para este trámite es necesaria la obligatoria intervención de un abogado. Y en caso que el demándate lo desee también podrá disponer de un procurador.

Otros órganos ante los que presentar el recurso contencioso-administrativo son:

  • El Ministerio Fiscal
  • La Administración de la comunidad autónoma
  • La Administración del Estado también

Si el demandante lo ve oportuno puede interponer su recurso contra la administración publica ante la Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia o incluso el Tribunal Supremo. Para estos tres casos anteriores es obligatorio contar con la presencia de un abogado y de un procurador.

¿Cuales son los pasos una vez presentado el recurso?

Una vez presentado el recurso por el interesado se señala una fecha concreta para la celebración de la vista. Además con al menos 15 días de margen antes a la celebración de la vista también se cita a las partes involucradas indicando una fecha y hora concreta.

El día de la vista, se realiza todos los pasos antes de mandar el expediente al juez para que dicte sentencia. Por una parte la Administración contesta a la demanda y presenta sus pruebas y al igual que la parte demandante. Siendo este el momento donde poder impugnar cualquier prueba de ambas partes.

Una vez presentadas todas las pruebas y alegaciones del proceso se insta a las partes para que remitan sus conclusiones.

Si todo es correcto y no hay incidencias el recurso queda visto para sentencia. Esta sentencia se dictará en un plazo de 10 días a partir de la fecha de la vista (actualmente estos tiempos son mayores debido a la saturación de los tribunales y juzgados competentes)

¿Qué puede pasar en el juicio?

Al finalizar todo el proceso (los plazos son diferentes dependiendo del tipo de procedimiento, de las alegaciones y pruebas presentadas) el recurso estará listo para sentencia.

En la sentencia que recibimos al final del proceso se refleja la decisión del juez o del tribunal encargado de juzgar los hechos. El juez puede determinar alguna de estas tres alternativas:

  1. Declarar inadmisible el recurso contencioso administrativo. La LJCA recoge todas las posibilidades para llegar a esta sentencia. Entre los más comunes se encuentran defectos en la tramitación o la presentación fuera de plazo.
  2. Estimar el recurso contencioso administrativo. Esta sentencia obliga a la administración publica a corregir su actuación y a indemnizar al demandante en base a lo previsto en el recurso inicial.
  3. Desestimar el recurso contencioso-administrativo. Esta sentencia nos indica que el juez ve oportuno yy legal todas las actuaciones realizadas por la administración pública para este hecho concreto. Desestimando el recurso y la demanda del ciudadano.

La sentencia es la fecha final del proceso de recurso, pero independientemente también puede concluir si el interesado abandona el procedimiento o si la Administración Pública demandada asume la culpa y las demandas del del interesado.

Por otra parte, al igual que en otro proceso judicial el recurso y su procedimiento puede finalizarse si las dos partes llegan a un acuerdo escrito antes de que se dicte sentencia por el juez o tribunal.